Ir al contenido de la web
Logotipo Ayuntamiento de Calvia

Visita Calvià 

Logotipo Ayuntamiento de Calvia
Tu Ayuntamiento Ciudadanía Conoce Calvià

Imprimir p gina

Compartir en Linkedin

Compartir en Facebook

Compartir en Twitter

SOLICITUD DE INSTALACIÓN DE PUESTO EN MERCADO

Procedimento:
El procedimiento a seguir es el siguiente:

A) Presentación de instancias. En el Registro General (Ajuntament de Calvià, C/ Julià Bujosa Sans, Batle, 1 07184 Calvià ( Illes Balears)) o por cualquiera de los otros medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Administración General del Estado, Govern de les Illes Balears, otros ayuntamientos con convenio, correos y embajadas y consulados de España en el extranjero).

Plazo de presentación. Para los Mercados Periódicos, el plazo está siempre abierto y la renovación de las licencias se realiza, con carácter general, durante los meses de noviembre y diciembre. Para los Mercados Artesanales Temporales, se abre el plazo de presentación a partir del 1 de abril, salvo que por Decreto de Alcaldía se establezca otro diferente.

B) El Departamento de Comercio contacta con las personas previamente seleccionadas para participar en los Mercados, atendiendo a los criterios establecidos en el Reglamento Regulador o en los Decretos de Alcaldía que, en desarrollo del mismo, se dicten.

C)Presentación de toda la documentación requerida. Para los Mercados Periódicos, la documentación a presentar será la siguiente:

a. NIF si es persona física, o documentación que justifique su condición y representación legal que ostente, en caso de persona jurídica.

b. Alta del Impuesto de Actividades Económicas.

c. Relación nominal del personal que atenderá la comercialización o administración del puesto de venta, con expresión de la relación laboral existente y su justificación.

d. Estar de alta y al corriente de pago en el régimen general de la Seguridad Social o régimen especial de autónomos, según fuera el caso.

e. Declaración justificada de la naturaleza de las actividades comerciales a realizar, expresando el origen de las mercancías en el caso de ser productos manufacturados.

f. Recibo acreditativo del pago de la tasa o precio público, en cada momento vigente, por ocupación de vía pública y otras aplicables.

g. En caso de extranjeros, no miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar estar en posesión del permiso de residencia y trabajo por cuenta propia según la legislación vigente.

h. Acreditación de estar en posesión de una póliza de seguro de responsabilidad civil en vigor.

Para los Mercados Artesanales la documentación varía en función del tipo de actividad. El Departamento de Comercio comunicará al interesado la documentación concreta que deberá presentar.

D) Pago de tasas. Los interesados en el Mercado Periódico pagan tasas según el detalle siguiente:

* Tramitación del expediente administrativo. Importe de la tasa: 72,10 euros

* Emisión del carné o cartón (o duplicados). Importe de la tasa: 6,00 euros

* Recogida y eliminación de basuras. Importe de la tasa: 91,15 euros por año y puesto.

* Ocupación de suelo público. Importe de la tasa: 3 euros ó 0,20 euros por día y puesto, dependiendo del Mercado.

Para los Mercados Artesanales el importe de las tasas varía según la actividad. A título orientativo, se cobrará:

* Mimos, estatuas, clowns, malabaristas, músicos y similares abonarán la tasa por tramitación del expediente administrativo y la tasa por emisión del correspondiente justificante en modo de carné. Importe de la tasa: 78,10 euros

* Los grupos musicales abonarán, además de lo anterior, la ocupación de suelo público, según los días por semana que ejerzan su actividad y el período que ocupen el puesto de venta. Importe de la tasa: 3 Euros por día.

* El resto de actividades abonarán, además de todo lo anterior, la parte proporcional de la tasa de recogida y eliminación de basuras. Importe de la tasa: 266,20 Euros para el período comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de octubre, 7 días por semana.

El pago de tasas sólo debe efectuarse una vez presentada toda la documentación, y tendrá la consideración de autorización provisional para ocupar el puesto de venta en tanto en cuanto se emite y notifica el Decreto de Alcaldía y el carné acreditativo. En caso de pérdida o duplicado del carné, se abonará la cantidad de 6,00 Euros.

E) Entrega de acreditación. Esta debe colocarse siempre en lugar visible y debe presentarse a petición de cualquier persona que, estando al servicio del Ayuntamiento de Calvià, la requiera.