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Certificado en el que se describe la edificación existente en una determinada parcela urbanística y que hace constar la inexistencia de expediente disciplinario y la antigüedad de la edificación (más de 8 años). Suele solicitarse al objeto de proceder a la inscripción registral de un edificio o bien para cambiarla.
Procedimento:
Forma de inicio: A petición del interesado
Plazo de tramitación: Un mes
Órgano emisor: Secretario del Ayuntamiento
Coste del trámite:
Tasa: 120,20 €
Documentos a presentar:
a) Instancia de solicitud por duplicado.
b) Dirección completa del inmueble. Si se trata de una finca rústica se deberá indicar el número de parcela y polígono.
c) Fotocopia del último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y/o indicar el número de referencia catastral.
d) Plano de situación.
e) Como mínimo dos fotografías actuales y a color del exterior de la edificación existente.
f) Documentación que acredite la antigüedad de la edificación (certificación catastral, certificación registral, otro documento público, fotografías aéreas debidamente fechadas,...).
g) Plano acotado y a escala de la edificación existente. La escala mínima será 1/100. Se indicará la superficie total útil y construida. Redactado por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.
h) Comprobante de la autoliquidación de la tasa prevista en la ordenanza fiscal del año en curso.
Normativa aplicable:
RDL 2/2008. Texto refundido de la Ley del suelo.
RD 1.093/1997. Normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística.